martes, 16 abril 2024

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Almassora regula el acceso de mascotas y la pesca en las playas

El pleno del Ayuntamiento de Almassora aprueba por unanimidad su primera ordenanza de playa.

El pleno del Ayuntamiento de Almassora aprobó ayer por unanimidad su primera ordenanza de playas que regula, entre otros aspectos, el acceso de mascotas al litoral, la pesca marítima de superficie y marítima y los espacios donde está permitido fumar. Todos los grupos apoyaron el texto consensuado con el departamento de Playas, a cargo de Joan Antoni Trenco, durante meses de trabajo.

De esta forma, la ordenanza está compuesta por 30 artículos que incluyen las disposiciones generales, normas de uso, gestión del medio natural, normas de carácter higiénico y sanitario, vigilancia y seguridad y régimen sancionador. El texto afecta a las playas de Benafelí (1.700 metros), Pla de la Torre (1.400 metros) y Les Goles (900 metros), ésta última incluida dentro del Paisaje Protegido de la desembocadura del Millars.

El documento aprobado ayer por los cuatro grupos políticos con representación municipal incide en que el tramo de playa de la Torre comprendido entre la zona de juegos infantiles de barco y el inicio de la playa de les Goles está considerado como playa sin humos, por lo que está prohibido fumar debido a la proximidad de los juegos infantiles y el paraje natural del río.

Por otro lado, el texto reitera que los animales domésticos pueden acceder a las zonas señalizadas entre el 1 de octubre y el inicio de las vacaciones escolares de Pascua. El resto del año no está permitida su entrada en la costa.

Por su parte, entre el 1 de junio y el 30 de septiembre se prohibe la pesca marítima de superficie y submarina desde las 10 y hasta las 21 horas en las zonas de baño para evitar que los aparejos utilizados por las personas que pescan puedan dañar al resto de usuarios.

La ordenanza también muestra especial sensibilidad hacia los tiempos de nidificación del ‘corriol’ en primavera y verano; “por tanto, no hace falta molestar a las aves de forma innecesaria”. En concreto, recuerda que no está permitido invadir las zonas acotadas expresamente para la nidificación y se debe evitar especialmente que los animales domésticos (gatos y perros) entren a estos espacios reservados o molesten a las aves.

Además, la regulación de la costa fija la prohibición entre otras cosas de realizar botellones o cocinar en la zona de la arena. La ordenanza también impide la realización de fuego en la costa, a excepción de la celebración de la Nit de Sant Joan, en las zonas y condiciones autorizadas de uso, así como el uso de bombonas de gas y líquidos inflamables. El texto refleja las infracciones leves, que llevan aparejadas multas de 60 a 300 euros, mientras que las graves oscilarán entre 300 y 3.000 euros.

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