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martes, 23 abril 2024

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Como pedir las ayudas de transporte escolar y becas de comedor

Se podrán pedir hasta 797,07 en las ayudas a transporte y 4,25 euros diarios para la beca de comedor.

La Conselleria de Educación ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la resolución por la que se convocan las becas de comedor escolar en los centros educativos públicos y concertados para el curso escolar 2020-2021. Educación destinará un total de 73,4 millones de euros a las becas. El año pasado hubo 127.000 beneficiarios.

También se ha publicado hoy en el Diario Oficial las ayudas individuales para el servicio de transporte escolar para el curso 2020/2021. Con una bonificación de hasta 797,07 euros por alumno.

Becas de comedor

Al igual que el año pasado, las familias que tienen acceso a la Web Familia podrán acceder a esta aplicación informática para visualizar y descargar su borrador de solicitud de ayuda, en el que figurarán pregrabados los datos que consten en poder de la Administración.

Si las familias que hagan el trámite están de acuerdo con los datos facilitados, deberán imprimir, firmar y presentar el borrador en el centro donde estarán matriculadas durante el curso 2020-2021, sin necesidad de presentar la documentación. Las familias que no sean usuarias de la Web Familia que hayan recibido la beca el curso pasado y que mantengan las mismas condiciones sólo deberán confirmar un borrador de solicitud con los datos que estén en poder de la Administración, y que deberán sol solicitar al centro donde estén escolarizados sus hijos o hijas. De este modo, tan sólo deberá confirmar el borrador de solicitud a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria.

El alumnado que no solicitó beca el año pasado deberá presentar tanto la solicitud como la documentación acreditativa que se requiera en el centro donde estará matriculado, desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOGV y hasta la finalización del periodo de matrícula si continúa en el mismo centro, o bien durante el periodo de formalización de matrícula en caso de que cambie de centro educativo.

Estas ayudas permiten sufragar durante el curso 2019-2020 el total o una parte del coste del servicio de comedor escolar del alumnado escolarizado en centros educativos sostenidos con fondos públicos.

Alumnos beneficiados de las becas de comedor

Podrá solicitar las ayudas el alumnado escolarizado en niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial o en el tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo de los centros que participan en el programa de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en colegios de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat.

La resolución establece el umbral máximo de renta para poder solicitar las ayudas, que, para una familia de cuatro miembros, queda establecido en 38.831 euros anuales, teniendo en cuenta la renta de 2019. Asimismo, fija la baremación aplicable en función de la renta familiar anual disponible ‘per cápita’, que va desde los 20 puntos para una renta ‘per cápita’ de un máximo de 393 euros hasta 1 punto por una renta ‘per cápita’ de más de 7.467 euros.

También se valorarán las circunstancias sociofamiliares especiales del alumnado, por lo que se concederán hasta un total de 2 puntos por ser alumnado de centros de acción educativa singular; por la situación de desempleo del padre o madre o tutores; por condición de persona refugiada; hijos de familias monoparentales y familias numerosas; diversidad funcional de algún miembro de la familia igual o superior al 33 %; condición de persona toxicómana, alcohólica o reclusa del padre, madre o tutores, y por ser huérfano absoluto.

En lo que respecta a la cuantía de las ayudas, el alumnado beneficiario percibirá hasta 4,25 euros diarios en caso de que curse Educación Infantil, Educación Primaria y ESO; hasta 5,44 euros en el caso de alumnado de Educación Especial, y hasta 12,25 euros para escolarizados en escuelas hogar.

Se considerará beneficiario directo de la ayuda y, por tanto, recibirá el importe máximo, el alumnado de la renta valenciana de inclusión, así como el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y el de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria que haya sido escolarizado obligatoriamente en un centro de un municipio diferente al de su residencia porque no existe en este oferta educativa.

También será beneficiario directo el alumnado escolarizado en centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat o en aulas específicas de Educación Especial en centros ordinarios de titularidad de la Generalitat, privados concertados o de titularidad pública diferente de la Generalitat, así como aquellos que se encuentren en situación de acogida familiar o residencial, de la misma manera que los hijos de familias acogedoras, los hijos de víctimas de violencia de género y las víctimas del terrorismo.

Transporte escolar

Podrá solicitar las ayudas el alumnado escolarizado en niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial o en el tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo de los centros que participan en el programa de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en colegios de Educación Infantil y siempre que no pueda ser incluido en ninguna de las rutas de transporte colectivo autorizadas.

Según la distancia al centro escolar se podrán optar a ayudas desde 340,02 euros si la distancia es de 6km hasta los 797,07 si la distancia supera los 20km. Una cifra que prácticamente se duplica para los casos de alumnos de Educación Especial.

Los plazos ordinarios de presentación serán desde el día siguiente de la publicación de esta resolución hasta la finalización del período de formalización de la matrícula, si continúa en el mismo centro, o durante el período de formalización de la matrícula, en el caso que cambie de centro educativo.

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