viernes, 29 marzo 2024

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El DNI para mascotas ya es una realidad con la Ley de Protección Animal

A partir de hoy las mascotas pasarán a formar parte de la familia.

Este miércoles 5 de enero ha entrado en vigor la nueva Ley de Protección y Derechos de los Animales, la que supone la obligatoriedad por parte de los propietarios de las mascotas de inscribirlas. Esta inscripción servirá para llevar un control de los tratamientos, calendario de vacunación o desparasitaciones del animal, entre otros.

Con el registro se creará un DNI animal, todavía no se sabe si será electrónico o físico, donde aparecerá su nombre, el de su propietario y los datos de contacto, en caso de pérdida o abandono.

De este modo, las mascotas pasarán a formar parte de la familia y se consideran seres vivos con sensibilidad. Un cambio que vendrá reflejado en el Código Civil y las Leyes de Enjuiciamiento Civil e Hipotecaria, puesto que se impide el embargo del animal en caso de impagos.

Además, en caso de separación o divorcio, los jueces podrán decidir quién de los dos integrantes de la pareja se queda con el animal o si la custodia y las cuidados del mismo, corresponden a ambas personas.

Sin embargo, en caso de que uno de los cónyuges se encuentre inmerso en un proceso penal por tratar de atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o sexual del otro o de sus hijos; el juez podrá decretar la imposibilidad de ejercer estos cuidados compartidos. Posibilidad que también se contempla en caso de que existan condenas o indicios de maltrato en los animales.

En la ley se especifica que si muere el propietario de la mascota sin indicar su última voluntad al testamento, el animal se entregará a los herederos que lo reclaman en conformidad con la ley y en caso de no poder hacerse así inmediatamente, se dará al órgano competente o a una protectora que se haga cargo de los animales abandonados.

La ley también prevé que alguien pueda perder la posesión del animal en caso de abandono, cesión, pérdida o que ya sea posesión de otra persona, también en contra de la voluntad del antiguo poseedor, siempre que pertenezca al nuevo propietario a lo largo de un año.

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