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martes, 23 abril 2024

Información y noticias de la provincia de Valencia

Los Moros y Cristianos podrán desfilar sin mascarillas

Estas son las nuevas restricciones para la celebración de los Moros y Cristianos en los municipios de la Comunitat Valenciana

La Conselleria de Sanidad ha establecido las nuevas normas para la celebración de fiestas populares como las Fallas, Magdalena de Castellón y los Moros y Cristianos adaptadas a la situación epidemiológica actual. El president de la Generalitat, Ximo Puig, dio a conocer este martes las nuevas restricciones que como novedad volverán a permitir que los festeros desfilen sin mascarilla, aunque no el público presente que sí que deberá llevarla.

Las demarcaciones del espacio donde se celebren las actividades estarán señalizadas
con normas y recomendaciones para la prevención de la COVID-19. Estas son las normas que deberán seguir las sedes festeras para la celebración de los Moros y Cristianos:

  • Se recomienda que cada organización cuente con la figura del coordinador/a covid,
    persona con formación suficiente que conoce la normativa sanitaria vigente y
    dispone de criterios para aplicarla en el desarrollo de las distintas actividades.
    En ausencia del coordinador/a COVID, es recomendable que se haya explicado
    previamente las recomendaciones que hay que seguir para el desarrollo de los actos
    y que quede otra persona encargada de la supervisión del cumplimiento de las
    medidas.
  • Se difundirán desde la organización llamamientos al público y participantes a
    celebrar unos actos festivos responsables.
  • Se recomienda que las actividades se realicen al aire libre en espacios delimitados y
    en caso de hacer uso de carpas con un máximo de dos laterales, para asegurar el
    desarrollo de las actividades en exterior con ventilación suficiente.

Entradas, dianas, actos de arcabucería, ofrenda y otros desfiles

  • No se exige el uso de mascarillas a las personas participantes siempre que se desarrolle al aire libre. El uso es obligatorio para el público que pueda asistir.
  • Se recomienda establecer itinerarios que eviten aglomeraciones, que podrán modificarse para cumplir con dicha finalidad.
  • Se procurará que los músicos se sitúen separados suficientemente de las y los festeros participantes, manteniendo la separación también entre ellos.
  • Se organizarán los puntos de reunión previos al acto y el horario de desfile con el fin de evitar en lo posible aglomeraciones de participantes.
  • El desplazamiento en medio de transporte colectivo se hará siguiendo las normas de uso del medio de transporte. Está prohibido quitarse la mascarilla en el medio de transporte.
  • La comitiva participante se disolverá de forma progresiva y ordenada.

Embajadas

  • Se recomienda que se realicen al aire libre o en espacios donde esté asegurada una ventilación suficiente, y se permita una distancia de seguridad entre el público y las
    personas participantes.
  • No se exige el uso de mascarillas a las personas participantes siempre que se desarrolle
    al aire libre. El público deberá hacer uso de la mascarilla.

Espectáculos Pirotécnicos 

  • Se tomarán medidas por parte de las entidades promotoras y las empresas pirotécnicas para ordenar en lo posible los flujos de personas.
  • Se informará al público sobre la obligatoriedad del uso de mascarillas.
  • Siempre que sea posible, se promoverá la realización virtual o en retransmisión en directo de los eventos pirotécnicos.
  • Los castillos de fuegos artificiales se dispararán preferentemente desde zonas que permitan su visualización sin que se produzcan aglomeraciones. 

Actividades en sedes festeras

Las actividades habituales de las sedes festeras se desarrollarán aplicando las medidas de seguridad relativas al uso de la mascarilla y la correcta ventilación de los locales.

Las sedes festeras tipo C aplicarán las medidas adicionales establecidas en la normativa que correspondan a la actividad para la que estén autorizadas. Si se realizan actividades análogas a las de hostelería y restauración, se estará a lo dispuesto en la normativa sanitaria vigente.

Comidas, Almuerzos, Meriendas, Cenas

Se desarrollarán preferentemente al aire libre, mediante la instalación de carpas con un máximo de dos laterales o en calles acotadas previa concesión de permiso municipal. En todo caso asumirán la normativa específica de hostelería y restauración en el momento de la celebración.

Elaboración y suministro de alimentos por empresas externas

Se deberán implantar medidas que permitan mantener las distancias en las colas a los puestos de comida ambulante.

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