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viernes, 26 abril 2024

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El TSJCV anula varios puntos de la ordenanza que regula los VTC de València

La Federación del Taxi anuncia que recurrirá la sentencia y señala al Gobierno central como el causante del problema

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha declarado nulos varios apartados de la ordenanza municipal que regula la actividad de los vehículos de transporte con conductor (VTC) en València.

El alto tribunal valenciano ha estimado los recursos de varias empresas del sector y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y, en consecuencia, ha anulado diversos apartados del artículo 53 bis de la Ordenanza de Movilidad.

Los magistrados aplican en ambas resoluciones tanto su propia jurisprudencia (ya se pronunció en los mismos términos en relación a una ordenanza municipal de Elche) como la establecida al respecto en febrero de 2023 por el Tribunal Supremo.

Así, entre otras restricciones, anula la obligatoriedad de que los vehículos VTC deban contratarse con al menos una hora de antelación a la prestación de servicio, la prohibición de estacionamiento en aeropuertos, centros comerciales y otros lugares de gran generación de demanda de servicios de transporte, y la prohibición de la captación de clientela mediante geolocalización.

Entre las empresas recurrentes está Cabify, Vector Ronda Teleport S.L., Miurchi Car S.L. y Chofers Cars Costa del Sol S.L., además de la Comisión Nacional de la Competencia.

El tribunal insiste en su pronunciamiento en que “se debe respetar el principio de proporcionalidad, de manera que la restricción impuesta por razones de interés general no suponga, debido a su intensidad, una privación del derecho o garantías”.

Se impone un juicio de proporcionalidad en el que se debe verificar, además de la legitimidad constitucional del fin perseguido, la relación de causalidad y necesidad que con él debe guardar la prohibición en cuanto medio ordenado para hacerlo posible”, añade.

Respecto a la geolocalización de los VTC, la sala señala que “es una medida que redunda en beneficio de los consumidores en cuanto que les permite descubrir, entre los distintos proveedores de servicios, el que le ofrece menor tiempo de espera“.

El sector del taxi anuncia que recurrirá

Desde la Confederación de Taxistas Autónomos de la Comunitat Valenciana señalan que la sentencia no es firme y anuncian que se van a personar y recurrirán ante el Supremo.

En opinión de Fernando del Molino, su presidente, la sentencia demuestra que la estrategia de la Administración a la hora de regular a las VTC ha sido errónea y carga contra el Gobierno central y el Ministerio. “Siempre nos han dicho que no nos preocupemos, pero la sentencia compara al taxi y a la VTC. Esto demuestra que la Administración ha cometido muchos errores”, asevera. Según el presidente de la Federación del Taxi, las VTC no son lo mismo que los taxis y, mientras unos hacen un servicio autonómico, los otros hacen un servicio municipal.

Del Molino asegura que no han podido estudiar la sentencia con detalle pero defiende al Ayuntamiento porque “bastante han intentado hacer“. El presidente de la Confederación asegura que es “un error de estrategia del Ministerio y toda la escalera ha ido llegando hasta abajo“.

Del Molino advierte que, si al final tribunales y gobiernos “consiguen que el taxi y la VTC hagan el mismo servicio“, tendrán que indemnizar al sector y “lo tendrá que pagar el ciudadano”. “Ahora mismo el taxi sufre intrusismo y competencia desleal”, ha concluido.

El Ayuntamiento también recurrirá

Por su parte, el concejal de Movilidad Sostenible, Giuseppe Grezzi, se muestra perplejo por la sentencia. Dice que el Ayuntamiento no comparte los argumentos del tribunal y por eso, anuncia que recurrirán.

Según Grezzi, no se pueden equiparar dos tipos de servicios que son diferentes. El taxi, a su juicio, es un servicio público, mientras que las VTC son servicios complementarios de transporte. Si no cuenta con una regulación específica se genera competencia desleal.

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