La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV ) ha dictado en efecto hoy un auto donde deniega las medidas cautelarísimas pedidas por ASHOCAS y acuerda reconducir el procedimiento por el cauce de las medidas cautelares. De este modo, da traslado a la Administración para que conteste a dicho recurso en el plazo de dos días.
Es decir, la Sala entiende que no concurren las razones de especial urgencia alegadas por la demandante para resolver sobre su petición (suspensión de la medida del cierre de la hostelería) sin escuchar los argumentos de la Administración demandada.
Una vez recibidas las alegaciones de la Generalitat, el tribunal dictará el correspondiente auto sobre medidas cautelares.
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