viernes, 19 abril 2024

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El TSJM mantiene la suspensión cautelar que paraliza la ampliación del Puerto de València

Desestima el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado contra la petición de la Comissió Ciutat-Port sobre una evaluación ambiental para la ampliación

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha desestimado el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado y, en consecuencia, mantiene la medida cautelar acordada el pasado diciembre a petición de la Comissió Ciutat-Port, por la que acordaba suspender la eficacia de la Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, mediante la cual el MITECO pretendía otorgar a la Autoridad Portuaria de València (APV) la capacidad de decidir someter o no a evaluación ambiental el proyecto de macroampliación del Puerto de Valencia.

Así pues, el Tribunal ha dictado un Auto, de fecha 25 de enero de 2023, por el que desestima el recurso de reposición interpuesto por la Abogacía del Estado contra el Auto de fecha 5 de diciembre de 2022, de dicho Tribunal. Además, según el comunicado de la Comisión Ciutat Port, la Resolución judicial priva “a la APV de la posibilidad de decidir por sí misma acerca de la necesidad o no de evaluación ambiental sobre una macroampliación que, de realizarse, pondría en peligro el futuro ambiental y la calidad de vida del área metropolitana y la existencia misma del lago de la Albufera”.

Desde la Comissió Ciutat-Port se viene cuestionando “la legalidad del comportamiento abstencionista tanto del organismo estatal Puertos del Estado, dependiente del Ministerio de Fomento, como del MITECO al eludir ambos sus responsabilidades evitando pronunciarse sobre la cuestión clave de los perversos impactos en el medio ambiente y la salud que podría ocasionar la macroampliación que promueve la Autoridad Portuaria de Valencia”.

Cabe recordar que el Ministerio de Transportes, en marzo de 2021, dictó una Resolución que, 14 años después de la primera Declaración de Impacto Ambiental de 2007, pretendía modificar las responsabilidades de las diferentes autoridades para convertir a la APV en “juez y parte” en la evaluación de impactos ambientales de una ampliación cuestionada, la plataforma ciudadana ya recurrió en vía administrativa ante el propio Ministerio sin obtener respuesta, por lo que acudieron a los tribunales frente a una Resolución que siempre han calificado de “nula de pleno derecho” y dictada en fraude de ley.

Es en ese procedimiento judicial, iniciado ante la Audiencia Nacional pero derivado finalmente a la Sala de lo contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, donde se ha ratificado ahora la primera decisión judicial favorable a los argumentos de la plataforma ciudadana.

“Reconsiderar la ampliación”

Según la Comissió Ciutat-Port, el MITECO, y el organismo público Puertos del Estado, deberán ahora “abandonar su política abstencionista y asumir sus obligaciones ambientales en lugar de derivar las responsabilidades en la APV. En cumplimiento de la decisión judicial, Puertos del Estado deberá decidir con una motivación adecuada si las modificaciones constructivas introducidas respecto de la propuesta inicial redactada quince años atrás y que obtuvo declaración de impacto ambiental (DIA) favorable en 2007, deben someterse o no a nueva evaluación ambiental”.

Aunque se trata de una medida cautelar que no prejuzga la sentencia final sobre el fondo del asunto, el TSJ de Madrid en su resolución, ahora confirmada, avanza que: “… valorados los diversos intereses en conflicto, la apariencia de buen derecho de la pretensión y la necesidad de asegurar la efectividad de una eventual sentencia estimatoria, el Tribunal estima concurren circunstancias que justifican la adopción de la medida solicitada, habida cuenta de un fumus de inexistencia del procedimiento debido para llevar a cabo la modificación en la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación del Puerto de Valencia”.

Ahora el Tribunal ha confirmado el “fumus boni iuris” y el “periculum in mora”, esto es la presunción de buen derecho y la existencia de peligro para la eficacia de la futura sentencia si ésta es favorable y la resolución recurrida ya se ha ejecutado antes de dictarse dicha sentencia. Unas consideraciones del tribunal que los portavoces de la Comissió Ciutat-Port vienen interpretando como un “nítido respaldo” a sus argumentos y les lleva a mantener una razonable “confianza” en una decisión final que obligue a reconsiderar la macroampliación del Puerto de Valencia por Qsus efectos perversos sobre el medio ambiente, la calidad de vida y la salud de la población del área metropolitana”.

El Consejo de Ministros debe pronunciarse

“Creemos que el puerto de Valencia no necesita apostar por crecimientos arriesgados en tiempos de emergencia climática e incertidumbre económica, sino que puede optar por optimizar su gestión, racionalizando el uso del espacio actual infrautilizado y mejorando sus procesos de trabajo, implicando a las personas y empresas que trabajan en el mismo. Ello en lugar de forzar las leyes y gastar dinero público para favorecer a un único operador privado”, afirman miembros de la Comissió Ciutat-Port. Al tiempo que recuerdan que “la macroampliación del Puerto de Valencia es cuestionada por casi doscientos colectivos ciudadanos, organizaciones de estibadores y numerosos informes técnicos y jurídicos emitidos por diversos expertos”.

En este sentido, explican que “en la actual situación de paralización judicial de la posibilidad de decisión de la APV sobre evaluación ambiental, ésta no podría elevar al Consejo de Ministro la solicitud de autorización para la contratación de las obras del proyecto precipitadamente aprobado por su consejo de administración el pasado 2 de diciembre, sino que tiene que volver a la casilla de salida si no quiere incurrir en graves responsabilidades por infracción de la legislación ambiental”.

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