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martes, 23 abril 2024

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Tener un viaje pagado antes del 30 de mayo, aceptado como justificación para librarse de la mesa electoral

El DNI será obligatorio para emitir el voto por correo en las elecciones generales del 23 de julio

La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido en la reunión mantenida este mismo jueves en el Congreso que aquellas personas que tuvieran contratado un viaje en las fechas de las elecciones generales anticipadas que se celebran el 23 de julio de 2023, quedarán eximidas de acudir a la mesa electoral en caso de que les toque por sorteo.

Esta decisión de la Junta Electoral viene dada por la por la época estival en la que tienen lugar las elecciones generales, ya que es uno de los fines de semana en los que muchos electores estarán disfrutando de sus vacaciones laborales. Sin embargo, no todos ellos podrán librarse de acudir a la mesa electoral, ya que esta decisión está sujeta a requisitos y condiciones.

Condiciones para librarse de una mesa electoral

La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto la puerta a que las personas que tuvieran contratadas sus vacaciones antes del 30 de mayo puedan librarse de formar parte de una mesa electoral en los comicios del 23 de julio si demuestran que su cancelación les supone un “perjuicio económico o trastorno grave”, y siempre que esté garantizada la composición de la mesa.

Eso sí, el organismo arbitral puntualiza que debe tratarse de “perjuicio económico o un trastorno grave al solicitante”, que deberá acreditarse “documentalmente”.

Por otro lado, también se ha matizado que los electores convocados como miembros a la mesa podrán quedar eximidos de acudir siempre y cuando la composición de la mesa quede garantizada, es decir, cuando las personas suplentes puedan acudir a relevar el puesto.

Además, para ser considerado como excusa, la junta electoral de zona correspondiente tendrá que asegurarse “la integración plena de las mesas“, es decir, que estas podrán quedar debidamente constituidas el día de la votación.

El DNI será obligatorio para emitir el voto por correo en las elecciones generales del 23 de julio

La Junta Electoral Central también ha aprobado este jueves una instrucción estableciendo que los electores que opten por votar por correo en las elecciones generales del próximo 23 de abril deberán identificarse con el DNI, o documento análogo en el momento de depositar el voto, y no sólo cuando se solicita.

Se trata de una medida que se aplicó excepcionalmente para los votantes de Melilla en los comicios locales del pasado 28 de mayo ante las sospechas de un posible fraude tras las denuncias de robo de documentación electoral y la investigación abierta al respecto.

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